Preguntas frecuentes
Las 25 dudas que más nos plantean, agrupadas por tema. Si no encuentras la tuya, escríbenos directamente.
¿Me pueden cancelar todas las deudas?
No siempre. Depende del tipo de deuda, de si hay crédito público de por medio y de si cumples los requisitos de buena fe. Por eso hacemos un diagnóstico antes de prometer nada.
¿Qué deudas no se cancelan?
El crédito público tiene límites propios, y existen otras deudas con tratamiento especial, como las pensiones de alimentos o las derivadas de responsabilidad civil por delito. Consulta el detalle en nuestra guía completa de la ley.
¿Qué pasa con Hacienda?
Tiene un tratamiento distinto al resto: parte puede exonerarse hasta un límite legal, y el resto puede quedar sujeto a un plan de pagos. Más información en deudas de Hacienda y Seguridad Social.
¿Qué pasa con Seguridad Social?
Se trata de forma similar a la deuda con Hacienda, con sus propios límites de exoneración por ser también crédito público.
¿Qué pasa con mi casa?
Depende de si tiene hipoteca, de su valor de mercado y de la carga que soporta. Consulta Segunda Oportunidad con vivienda para el detalle completo.
¿Qué pasa con mi coche?
En la mayoría de los casos, un coche de valor bajo no impide acogerte a la ley. Consulta Segunda Oportunidad con coche para más detalle.
¿Qué pasa con mis avalistas?
La exoneración te libera a ti, pero no libera automáticamente a quien avaló tu deuda. Es un punto delicado que explicamos en detalle en Segunda Oportunidad con avalistas.
¿Qué pasa si estoy casado?
Tu situación matrimonial puede afectar a qué bienes se consideran parte de tu patrimonio a efectos del procedimiento. Lo revisamos en el diagnóstico inicial.
¿Qué pasa si estoy en gananciales?
El régimen de gananciales implica que ciertos bienes se consideran comunes del matrimonio, lo que puede influir en cómo se trata tu patrimonio dentro del procedimiento.
¿Qué pasa si tengo nómina?
Tener nómina no impide acogerte a la ley. Se tiene en cuenta como parte de tu capacidad de pago a la hora de valorar si conviene un concurso sin masa o un plan de pagos.
¿Qué pasa si soy autónomo?
Se estudia por separado tu deuda personal y la de tu actividad. Consulta Segunda Oportunidad para autónomos para el detalle completo.
¿Qué pasa si ya tengo un embargo?
No impide acogerte a la ley; de hecho, suele ser la señal que lleva a revisar el caso cuanto antes. Consulta embargos de nómina, cuenta o pensión.
¿Qué pasa si tengo un monitorio?
Los plazos corren desde la notificación. Consulta monitorios y demandas de deuda para saber cuánto tiempo tienes y qué opciones existen.
¿Qué pasa si tengo una ejecución en curso?
Conviene revisar en qué fase está la ejecución cuanto antes, ya que puede condicionar qué margen de actuación existe según el procedimiento.
¿Qué pasa si estoy en ASNEF?
No impide acogerte a la ley. Una vez exonerada la deuda, corresponde solicitar la salida del fichero. Consulta ASNEF y ficheros de morosos.
¿Qué pasa si un acreedor se opone?
Es algo que puede ocurrir durante el procedimiento. Se resuelve dentro del propio proceso judicial, con tu abogado representándote en esa fase.
¿Tengo que ir al juzgado?
En la mayoría de los casos el procedimiento es escrito y lo lleva tu abogado. Te avisamos con antelación si en algún momento se requiere tu presencia.
¿Es necesario procurador?
Depende de la fase y el tipo de procedimiento. Si hace falta, te lo indicamos y lo gestionamos junto con la parte de abogacía.
¿Cuánto tarda?
No hay un plazo único: depende de la vía elegida y de la complejidad del caso. En el diagnóstico inicial te damos una estimación ajustada a tu situación.
¿Cuánto cuesta?
Depende del número de acreedores, el tipo de deuda y la complejidad del caso. Consulta el detalle en precios.
¿Qué documentos necesito?
De forma orientativa: DNI, últimas nóminas o justificantes de ingresos, listado de deudas, y documentación de vivienda o avalistas si los tienes. Te decimos exactamente qué falta en el diagnóstico inicial.
¿Puedo dejar de pagar mientras dura el procedimiento?
Es una decisión que se valora caso por caso, según el tipo de deuda y el riesgo de nuevas acciones del acreedor. No conviene decidirlo sin consultarlo antes.
¿Puedo usar tarjetas mientras tanto?
No es recomendable generar nueva deuda durante el procedimiento, ya que puede afectar a la valoración de tu buena fe.
¿Puedo pedir nuevos préstamos?
Tampoco es recomendable mientras el procedimiento está en curso, por el mismo motivo: puede afectar a los requisitos de buena fe que exige la ley.
¿Puedo volver a empezar después?
Sí. Una vez exonerada la deuda, no existe ninguna prohibición legal para acceder a financiación, volver a darte de alta como autónomo o emprender un nuevo proyecto, aunque cada entidad aplica sus propios criterios de riesgo.
Cuéntanos tu caso concreto y te respondemos con un diagnóstico real, no con una respuesta genérica.